Este es un caso ilustrativo basado en situaciones habituales, con datos ficticios y anonimizados. Analiza cómo un informe pericial ayuda a discutir un recargo de prestaciones impuesto a un taller tras un accidente de trabajo.
Contexto: un taller de mecánica y chapa en Alcalá de Guadaíra
Un taller de mecánica y chapa de Alcalá de Guadaíra empleaba a doce trabajadores. Un mecánico sufrió quemaduras y una lesión ocular al saltar una proyección durante una operación de soldadura. El trabajador estuvo de baja varios meses y quedó con secuelas.
La Seguridad Social inició el expediente y propuso un recargo de prestaciones. Este recargo aumenta las prestaciones entre un 30 % y un 50 % cuando falta alguna medida de seguridad, y lo paga la empresa. El abogado del taller nos consultó para valorar si esa propuesta tenía base técnica.
El problema: el recargo de prestaciones exige un incumplimiento concreto
El artículo 164 de la Ley General de la Seguridad Social exige tres elementos. Debe existir una infracción de una medida de seguridad, un daño y una relación de causalidad entre ambos. Por ello, no basta con que ocurra un accidente.
La resolución administrativa afirmaba que el taller no había facilitado protección facial adecuada. La empresa negaba esa falta y aportaba un albarán de compra de pantallas. Sin embargo, el trabajador declaraba que usaba unas gafas ordinarias porque la pantalla estaba deteriorada.
Metodología para analizar el recargo de prestaciones
Empezamos por acotar qué medida se decía incumplida. Después revisamos la documentación y visitamos el taller. Estos fueron los pasos:
- Inventario de los equipos de protección individual y de su estado.
- Revisión de la evaluación de riesgos del puesto de soldadura.
- Comprobación de la ventilación, de la extracción de humos y de la señalización.
- Análisis de los registros de entrega de equipos y de formación.
- Reconstrucción de la secuencia del accidente con los testigos.
Además, consultamos a un perito médico para conectar el tipo de lesión con el mecanismo descrito.
Hallazgos en el taller
El taller tenía evaluación de riesgos y entregaba pantallas de soldar. El albarán era real, y la formación constaba en un registro firmado. Por tanto, la acusación genérica de falta de equipos no se sostenía.
No obstante, encontramos dos debilidades. La pantalla del trabajador tenía el cristal rayado y no se había sustituido. Además, el puesto de soldadura se ubicaba junto a una zona de paso, sin pantalla de protección de los compañeros. El mecanismo de la proyección coincidía con esa deficiencia del entorno.
El informe separó con claridad lo acreditado de lo dudoso. Concluyó que había una carencia menor de mantenimiento del equipo, pero no una ausencia total de protección. Esa distinción importa, porque el recargo exige una relación causal directa y no una simple sospecha.

Cómo se gradúa el porcentaje
La ley fija una horquilla, del 30 % al 50 %, pero no un baremo cerrado. La gravedad de la infracción decide el porcentaje. Por ello, conviene explicar con detalle qué medida faltó, durante cuánto tiempo y con qué riesgo real.
Un incumplimiento puntual de mantenimiento no equivale a una ausencia total de prevención. Del mismo modo, una empresa con evaluación, formación y entrega de equipos merece una valoración distinta a otra sin documentación. El perito aporta esos matices con datos comprobables.
Además, el recargo no se puede asegurar. Lo asume la empresa con su propio patrimonio, y por eso el abogado suele querer una defensa técnica muy cuidada. Un informe bien fundado también facilita una negociación con la mutua o con la Administración.
Resultado procesal
El abogado presentó el informe con la demanda contra la resolución. En el juicio, el perito explicó la mecánica de la proyección y respondió a las preguntas del letrado de la Seguridad Social. El juzgado valoró que existían medidas de prevención efectivas y que el fallo se limitaba a un elemento concreto.
La sentencia redujo el porcentaje del recargo respecto a la propuesta inicial. Cada caso es distinto y ninguna pericia asegura un resultado, pero un informe sólido aporta al juez criterios para graduar la responsabilidad.
Lecciones para abogados
- Identifique desde el principio qué medida de seguridad se imputa como incumplida.
- Conserve los albaranes, las entregas de equipos y los registros de formación.
- Exija una relación de causalidad probada, no solo un accidente.
- Considere un perito de parte antes de recurrir la resolución.
Por último, conviene actuar con rapidez. Los plazos para recurrir una resolución administrativa son breves y el informe necesita tiempo para prepararse. Si el abogado nos consulta pronto, podemos revisar el expediente, visitar el taller y entregar un dictamen que llegue a tiempo al procedimiento.
Para elegir bien al técnico, lea nuestra guía sobre perito judicial o perito de parte. También puede comparar este supuesto con el atrapamiento en maquinaria en Utrera.
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